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Denuncia y querella

La querella es una declaración de voluntad por la que se manifiesta formalmente ante un órgano jurisdiccional la intención de constituirse en parte acusadora en un proceso penal, para la persecución de unos hechos que se estiman constitutivos del delito o falta. Puede leer más sobre la querella en esta dirección http://juiciopenal.com/denuncia-y-querella-2/la-querella/

 

 

¿Es necesario contratar a un abogado y a un procurador para presentar querella?

Si, debe presentarse siempre por medio de procurador, por escrito y firmado por abogado.

Requisitos de la querella en cuanto a la forma y contenido:

 

• La querella se debe realizar siempre por escrito, la postulación de abogado y procurador es preceptiva en el caso de pronunciarse por delitos, y no por faltas.

 

• La querella deberá contener los datos identificativos del querellante y los conocidos del querellado; así como una relación de los hechos y las diligencias a practicar para su comprobación, y las medidas que se estimen procedentes para asegurar la persona o bienes de su presunto autor.

 

• En ciertos casos, y bajo los presupuestos de procedibilidad o admisibilidad, se exige aportardeterminados documentos considerados necesarios.

 

• Con carácter general, se exige del querellante la prestación de fianza en cuantía suficiente, a criterio judicial, para responder de los resultados del proceso. (Aunque en la práctica no suele exigirse).

Querella en casos de delitos contra el honor: calumnias e injurias

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