La prescripción de los delitos

La prescripción de los delitos implica la extinción de la responsabilidad penal para el autor o autores de un hecho delictivo, es decir, superado un plazo de tiempo determinado sin que haya sido juzgado, el culpable de un delito ya no podrá ser juzgado por el mismo, en tanto que se entiende que la condena que le correspondería ya no cumple con sus funciones de prevención ni de reinserción social del delincuente.

Contenidos de la página

Normas generales a la prescripción de los delitos

Antes de abordar los plazos de prescripción de los delitos, es necesario tener en cuenta una serie de consideraciones previas:

 

¿Cuál es el plazo de prescripción de los delitos?

Dado que el Código Penal fue reformado en el año 2015, entrando en vigor el primero de julio de ese año, los plazos de prescripción que a continuación vamos a detallar podrían ser diferentes para aquellos delitos que se hayan cometido antes del 23 de diciembre de 2010. La razón no es otra que la de aplicar la pena que pueda resultar más favorable para el autor.

De acuerdo con el artículo 131.1 del actual Código Penal español, los delitos prescriben:

¿Existen delitos que no prescriben jamás?

Efectivamente, tanto el Código Penal actual como sus versiones anteriores determinan una serie de actos delictivos para los que no existe posibilidad alguna de prescripción. Estos delitos son, tal y como señala el artículo 131.3 C.P.:

Salir de la versión móvil