Google deberá respetar el Derecho al olvido según la Ley de Protección de Datos

El derecho al olvido se define como un derecho a que nuestros datos sean borrados de las redes o plataformas para que nadie pueda verlos. Se trata de información personal que no queremos que se conozcan y menos que se encuentren en las búsquedas.

La AEPD (Agencia Española de Protección de Datos), ofrece la posibilidad de impedir que se difundan datos o información personal en internet si esto supone la generación de daños a la persona afectada.

Google deberá eliminar información personal cuando el afectado lo requiera

Actualmente, con solo teclear el nombre de una persona en un buscador como Google, por ejemplo, podemos obtener mucha información. Algo que no todo el mundo desea ya que estamos invadiendo la vida privada y el honor de esas personas. Especialmente si se trata de impagos, deudas pendientes o delitos prescritos que quieren que se queden en la intimidad.

Existen muchos casos en los que, personas que han sido sentenciadas a penas de cárcel o multas quieren rehacer sus vidas. Sin embargo, el hecho de que sus datos sigan corriendo por los buscadores puede dificultar su trayectoria. Para ello está el Derecho al olvido y puedes utilizarlo a tu favor.

Por otro lado, también sabemos que estamos continuamente expuestos. Quiero decir, que todos tenemos teléfono móvil y siempre correremos el riesgo de que alguien haga la foto oportuna mientras estamos de fiesta o haciendo gestos que pueden generar confusión. Estas imágenes terminan recorriendo las redes, y cada vez que tecleen nuestro nombre éstas aparecen. ¿Es esto justo?

El Tribunal de Justicia contra Google

El Tribunal de Justicia de a Unión Europea no está de acuerdo con ello. Google deberá considerar esta labor y respetar la protección de datos cuando el afectado lo requiera. Cualquier información personal publicada por terceros se clasificará de tratamiento de protección de datos. Con lo cual, si el afecto no da su consentimiento, la publicación no debería llevarse a cabo.

Google se ha puesto las pilas ante tantas solicitudes y afirma trabajar duro para cumplir la Ley. Lo cierto es que son muchos miles los casos que deberán repasar y les queda mucho trabajo por delante. Sin embargo, bien sabemos que eso beneficiará a aquellas personas que no desean ser públicas y evitará muchas denuncias.

Formularios en Google para eliminar tus datos

Google dispone de formularios para solicitar la eliminación de tus datos en los motores de búsqueda. Aunque, debes saber que no es algo automático y tardan un tiempo en revisarse y en eliminarse.

Si recibes una respuesta negativa respecto a tu solicitud, deberás acudir a la Agencia Española de Protección de Datos para solicitar tus derechos.

Existen ciertos datos que solo deberían encontrarse a disposición de los tribunales o administraciones. A nadie le gusta que corran por los motores de búsqueda que te han embargado por no pagar una deuda. Por lo que, estás en tu derecho de pedir que se eliminen esos datos y de que se bloqueen.

Os dejamos una copia de lo que dice al respecto la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal

Derechos de las personas y el Derecho al olvido

Artículo 13 Impugnación de valoraciones

  • “Los ciudadanos tienen derecho a no estar sometidos a decisiones con efectos jurídicos, sobre ellos o que les afecte de manera significativa, que se base únicamente en un tratamiento de datos destinados a evaluar determinados aspectos de su personalidad.”
  • “El afectado podrá impugnar los actos administrativos o decisiones privadas que impliquen una valoración de su comportamiento, cuyo único fundamento sea un tratamiento de datos de carácter personal que ofrezca una definición de sus características o personalidad.”
  • “En este caso, el afectado tendrá derecho a obtener información del responsable del fichero sobre los criterios de valoración y el programa utilizados en el tratamiento que sirvió para adoptar la decisión en que consistió el acto.”
  • “La valoración sobre el comportamiento de los ciudadanos, basada en un tratamiento de datos, únicamente podrá tener valor probatorio a petición del afectado.”

Artículo 14 Derecho de consulta al Registro General de Protección de Datos

“Cualquier persona podrá conocer, recabando a tal fin la información oportuna del Registro General de Protección de Datos, la existencia de tratamientos de datos de carácter personal, sus finalidades y la identidad del responsable del tratamiento. El Registro General será de consulta pública y gratuita.”

Artículo 15 del Derecho de acceso

  • “El interesado tendrá derecho a solicitar y obtener gratuitamente información de sus datos de carácter personal sometidos a tratamiento, el origen de dichos datos, así como las comunicaciones realizadas o que se prevén hacer de los mismos.”
  • “La información podrá obtenerse mediante la mera consulta de los datos por medio de su visualización, o la indicación de los datos que son objeto de tratamiento mediante escrito, copia, tele copia o fotocopia, certificada o no, en forma legible e inteligible, sin utilizar claves o códigos que requieran el uso de dispositivos mecánicos específicos.”
  • “El derecho de acceso al que se refiere este artículo sólo podrá ser ejercitado a intervalos no inferiores a doce meses, salvo que el interesado acredite un interés legítimo al efecto, en cuyo caso podrán ejercitarlo antes.”

Artículo 16 Derecho de la rectificación y la cancelación

  • “El responsable del tratamiento tendrá la obligación de hacer efectivo el derecho de rectificación o cancelación del interesado en el plazo de diez días.”
  • “Serán rectificados o cancelados, en su caso, los datos de carácter personal cuyo tratamiento no se ajuste a lo dispuesto en la presente Ley y, en particular, cuando tales datos resulten inexactos o incompletos.”
  • “La cancelación dará lugar al bloqueo de los datos, conservándose únicamente a disposición de las Administraciones públicas, Jueces y Tribunales, para la atención de las posibles responsabilidades nacidas del tratamiento, durante el plazo de prescripción de éstas. Cumplido el citado plazo deberá procederse a la supresión.”
  • “Si los datos rectificados o cancelados hubieran sido comunicados previamente, el responsable del tratamiento deberá notificar la rectificación o cancelación efectuada a quien se hayan comunicado, en el caso de que se mantenga el tratamiento por este último, que deberá también proceder a la cancelación.”
  • “Los datos de carácter personal deberán ser conservados durante los plazos previstos en las disposiciones aplicables o, en su caso, en las relaciones contractuales entre la persona o entidad responsable del tratamiento y el interesado.”

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