El Delito Penal y su configuración

By dan, freedigitalphotos.net

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Uno de los elementos esenciales de las normas jurídicas son las sanciones, entendidas como las consecuencias negativas que se aplican a aquel que incumple las leyes. Las dos principales fuentes del derecho sancionador son el Derecho Administrativo y el Derecho Penal. Mientras que el primero impone multas a los que cometen infracciones administrativas, el segundo, a través del delito penal, castiga a quienes contravienen el ordenamiento jurídico de forma muy grave.

Sin embargo, el Derecho Penal no sólo regula los delitos, también las faltas, entendidas como aquellas conductas socialmente inaceptables que no alcanzan la gravedad de los primeros. De ahí que las faltas no puedan ser castigadas con pena de prisión, sino sólo con multa, localización permanente, trabajos en beneficio de la comunidad y otras penas de menor entidad.

El delito, por lo tanto, puede ser definido como la conducta grave que atenta contra los principios y derechos garantizados por la ley.

El concepto de delito penal que los profesionales del derecho manejan actualmente ha evolucionado mucho. Se dice que el delito consiste en una conducta (y no en una acción) porque puede cometerse tanto activa como pasivamente. Por eso se habla de los delitos de acción, en los que el autor ha de desarrollar una actividad, y de los de omisión, caracterizados por la inactividad del delincuente. Tan responsable es el que mata a otro con un disparo como el que deja de alimentar a su hijo pequeño.

El delito puede cometerse individual y colectivamente; incluso se puede obligar a otra persona a realizarlo en contra de su voluntad, en cuyo caso no será castigada.

Responsable del delito no es sólo el autor directo, también quien le haya inducido a cometerlo (inductor) y quien le ayuda con actos imprescindibles para llevarlo a cabo (cooperador necesario).

Podríamos decir que, a grandes rasgos, hay dos grandes tipos de delitos: los dolosos y los imprudentes. El delito doloso se caracteriza porque el reo actúa con conciencia y voluntad de delinquir: quiere hacer algo, conoce su gravedad y, aun así, continúa adelante. Por su parte, el delito imprudente es consecuencia, no de un impulso del delincuente, sino de su falta de diligencia.

Comete un delito de esta clase el que actúa sin tener el cuidado debido. Dependiendo de la gravedad de la conducta se distingue entre imprudencia grave y leve. También existe la imprudencia profesional, propia de quienes poseen un saber específico.

Como los delitos implican conductas muy graves (homicidios, asesinatos, lesiones, mutilaciones, torturas, robos, violaciones, etc…), las penas asociadas a los mismos también lo son: prisión, inhabilitación (absoluta o especial), multa, privación del derecho a residir en un determinado lugar o de acudir a él, prohibición de comunicarse o aproximarse a la víctima o a sus familiares, privación de la patria potestad…

Aunque los delitos son una materia muy compleja y extensa, he querido ofrecer aquí sus rasgos fundamentales, sin perjuicio de desarrollar el tema en futuros artículos.

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