Extorsión, chantaje sexual o sextorsión: cibercriminales a la búsqueda de víctimas, no seas la próxima

En los últimos tiempos se ha extendido de manera considerable una forma de chantaje sexual en la cual los cribercriminales cuentan con contenido privado de los usuarios (normalmente fotos o videos) y la víctima es coaccionada para tener relaciones sexuales con alguien, entregar más imágenes eróticas o pornográficas, dinero o alguna otra contrapartida, bajo la amenaza de difundir las imágenes originales si no accede a las exigencias del chantajista. Este modo de proceder es lo que se conoce como “sextorsión”, un concepto procedente del término inglés “sextortion” y que se podría traducir como extorsión sexual.

 

El modus operandi de las organizaciones criminales que se dedican a extorsionar es la siguiente:

  • un usuario de redes sociales como Facebook recibe una solicitud de amistad de una mujer atractiva que sin ni siquiera tener amigos en común quiere establecer contacto.
  • En caso de aceptar la solicitud, esta abre un chat privado y la conversación empieza a subir de tono, intecambiando ambos fotos de contenido sexual y llegando a conectar la webcam para practicar “sexting”.
  • Es en este momento cuando se descubre que la persona que se encuentra al otro lado de la pantalla no es una atractiva mujer sino una organización criminal dispuesta a arruinarte la vida amenazando con publicar tus imágenes por todo Internet (foros, webs de citas, etc.) e incluso enviárselas a tus amigos, familiares y entorno laboral. Ni siquiera es necesario que se haya enviado contenido sexual, ya que con un solo fotograma de la cara de la víctima los ciberdelincuentes ya tienen suficiente para generar su propio material en el que, con un sencillo montaje de vídeo o foto, se simule que la persona que aparece en actitud sexual en las imágenes es el chantajeado.

 

El objetivo de estas organizaciones criminales es conseguir que la persona chantajeada acceda a sus peticiones (normalmente dinero a través de alguna manera de pago que no deje rastro) movida por el miedo a ver su vida arruinada al extenderse estas imágenes por todo Internet. Sin embargo, a pesar de que esto pueda ser difícil, la Policía recomienda no ceder a la presión y por tanto no pagar las cantidades exigidas, ya que, de lo contrario, ello podría suponer el inicio de otra pesadilla, pues en muchas ocasiones los grupos criminales, al ver que la persona cede ante la extorsión, van exigiendo cada vez más dinero, volviéndose la situación más insostenible.

 

En caso de que usted se encuentre en estas circunstancias estaría siendo víctima de un delito de extorsión regulado en el artículo 243 del Código Penal, que dispone que “El que, con ánimo de lucro, obligare a otro, con violencia o intimidación, a realizar u omitir un acto o negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio o del de un tercero, será castigado con la pena de prisión de 1 a 5 años, sin perjuicio de las que pudieran imponerse por los actos de violencia física realizados”. Por tanto, las conclusiones a las que hemos de llegar es que en primer lugar hay que tener sentido común y sospechar cuando se nos presente alguna situación de estas características,  pero en caso de llegar a ser víctima de estas organizaciones es aconsejable denunciar, pues se ha cometido un delito de extorsión ya se haya pagado la cantidad exigida o no.

 

Si ha sido víctima de este delito, puede contactar con abogados especializados en la materia para que puedan asesorarle sobre los pasos legales a seguir para protegerse legalmente.

 

Así mismo, si necesita asesoramiento legal para defenderse ante una denuncia o está siendo investigado por el delito de extorsión, necesitará asesoramiento legal prestado por abogados especializados.

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