La citación para juicio, ¿de qué clase puede ser?

 

Cuando alguien recibe la citación para un juicio puede ser en calidad de denunciado, demandado o testigo. Evidentemente, también la otra parte, aquella que denunció o demandó, será citada para la vista del juicio. Pero aquí vamos a referirnos a los casos de quienes son llamados ante los tribunales sin que hayan solicitado la acción de la justicia.

La propia citación que reciba en su domicilio le indicará el Juzgado o Tribunal que le requiere, el proceso en el que es necesaria su presencia, así como el día y la hora de la vista judicial.

 

 

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Si se le cita en calidad de denunciado, se tratará de un procedimiento penal. Estos procesos se dividen, normalmente, en dos partes: la investigación del delito y su enjuiciamiento. Cuando se trate de una falta, debido a la menor entidad de éstas, no será preciso un proceso previo de investigación por parte del Juez.

 

Así que la primera vez que se le cite, en calidad de denunciado, a un proceso penal será, o bien porque alguien le ha achacado la comisión de una falta y va a tener lugar el juicio (no es imprescindible acudir con abogado), o bien porque se le quiere tomar declaración en el Juzgado dentro de la fase de investigación (siempre es recomendable contratar a un abogado).

 

En estos casos, su negativa a asistir puede propiciar que se le sentencie como culpable por la falta o que se ordene su detención, por negarse a colaborar con la justicia, aunque sea durante la investigación.

 

Por su parte, si recibe una citación como demandado, eso implica que alguien ha iniciado un proceso civil o laboral contra usted. Debería hablar con un abogado para preparar el caso. Esa primera citación quizá sea para la audiencia previa al juicio, que sirve para aclarar lo que piden las partes y para que el Juez intente que alcancen un acuerdo.

Si no acude, el procedimiento podría desarrollarse sin su presencia, declarándole en rebeldía, con la consiguiente pérdida de la facultad de defenderse.

 

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Otra posibilidad es que se le cite en calidad de testigo, esto es, para que en un juicio de cualquier tipo conteste a las preguntas que se le formulen por los abogados de las partes, el Ministerio Fiscal (si interviene en ese concreto proceso) y el Juez (o Tribunal).

 

La función del testigo es la de responder de manera objetiva, ateniéndose a los hechos que presenció, procurando mantenerse imparcial. Si no cumple su obligación de acudir al Juzgado en la fecha y hora fijadas en la citación, podrá ser juzgado por desobediencia y obstrucción a la justicia.

 

Como contrapartida al deber de personarse para testificar, si justifica los gastos que se le han ocasionado por acudir al juicio, éstos se le abonarán.

 

Parecido papel al del testigo cumple el perito, que es aquel profesional que con sus conocimientos intentará aclarar al Juez algún punto o cuestión discutida. No siempre serán plenamente imparciales, pues las partes pueden contratar libremente cualquier dictamen pericial. La labor del perito en el acto del juicio suele ir orientada a explicar su informe o responder a las dudas del Juez o las partes.

 

Aunque es muy difícil plasmar en este artículo todas las situaciones que pueden darse, siempre es aconsejable cumplir con la citación para el juicio que reciba, tanto para defenderse como para evitar desagradables consecuencias, derivadas del incumplimiento de los deberes impuestos por las leyes. Además, contactar con un abogado en estos casos puede serle muy útil, de cara a que le oriente sobre el proceso y su cometido en el mismo.

8 pensamientos sobre “La citación para juicio, ¿de qué clase puede ser?

  1. Una pregunta sobre testigos. Puede el testigo citado en Diligencias Previas PA acudir con Abogado que esté presente en el interrogatorio?

  2. Buenas tardes.
    Le escribo porque me está pasando algo que no me cuadra.
    Hace años pillaron a una conocida mía con bastantes gramos de droga
    encima, y yo iba con ella porque había ido a verla en las vacaciones.
    Se la llevaron y ahora tiene un juicio el 12 de Mayo a las 10:00. Ella
    dice (de boquilla) que yo tengo que ir como testigo a decir que la
    droga era suya, que ya me llamarán sus abogados para explicarme
    mejor, pero que no me va a llegar ninguna carta, que tengo que ir
    porque ella lo haría. Lo ocurrido fue hace tres años y me enteré
    hace dos semanas de que yo tengo que ir porque yo le pregunté. ¿Eso
    hasta qué punto es legal? Si no me citan, ¿tengo obligación de ir?
    También tengo miedo porque sin tener nada que ver, a ver si me van a
    meter en un lío a mí sólo por ir a verla. ¡Muchas gracias! Espero
    respuesta. Estaré muy agradecida.

    1. Si no te citan no tienes por que ir. Y si te metieron en el atestado es facil que sea el mismo juez que te cite si no lo hace la abogada o abogado de tu amiga. Asi que estate tranquilo, porque al declarar, tu solo di la verdad como haces aqui. Que no tenias nada que ver, que ignorabas que llevase tal droga. Ya esta…y solo si te preguntan si no ni eso.

  3. Por motivos de trabajo suelo estar fuera de casa. Correos me ha dejado un certificado, pero al acudir a la oficina a recoger la carta certificado ya no está. Me han dicho en correos que fue enviada por el Juzgado de Instrucción n.º 15.

    No tengo ninguna causa legal, ni nada relacionado con un juicio, así que estoy intrigado de los motivos por los cuales el juzgado me ha enviado dicha citación.

    Volverá a enviar el juzgado una nueva carga ?

    Gracias.

  4. Hola que tal necesito informacion profesional Bueno yo presencie un robo y tomaron mi manifiesto tal y como fueron los hechos con mi firma y huella y ahora me llamaran para testigo quisiera saber si la otra parte denunciada puede tomar represalias contra mi persona ya sea fisica como judicial ya que el nego su culpa y no manifesto nada sin un policia tomando lapiz esa es mi duda y como podria actuar se pasara algo gracias

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